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El procedimiento de solicitud ante la entidad Bancaria de cese en la  aplicacion de la clausula suelo, viene a ser en la inmensa mayoria  de los casos una medida infructuosa cuando no erronea. Desde la  inicial solicitud al Director de sucursal hasta la reclamacion via Banco  de España. En cualquier caso detallamos y desciframos cada uno de  los pasos a seguir.  Procedimiento a seguir ante la entidad Financiera:  -Solicitud dirigida al Director de la sucursal.  Este tipo de solicitud no suele tener consecuencias, teniendo en cuenta  que los Directores no estan facultados a anular o inaplicar clausulas  sin que las directrices generales de la entidad así lo hayan fijado, por  tanto estos directores no son mas que la cara de la entidad pero no  tomaran ningun tipo de decision individual sobre tu caso concreto. -Reclamacion ante el Defensor del Cliente  La figura del Defensor del Cliente está creada desde la propia entidad  financiera, por lo que obtendremos una respuesta no muy favorable.  El plazo de contestacion suele ser de unos 2 meses.  -Reclamacion via Banco de España.  La Reclamacion via Banco de España se realiza una vez agotadas las  dos reclamaciones previas (ante el Director y ante el Defensor del  Cliente). Adelantamos que la respuesta del Banco de España no suele  ser muy gratificante para los usuarios ya que mantiene una postura  distante en cuanto al fondo del asunto y no declarará la nulidad de las  clausulas suelo o su cese. Su Plazo de contestacion es de 6 meses.  Como resumen podemos ver que despues de finalizada la via amistosa,  nos encontramos en el punto de partida, pero con la diferencia de  haber tenido que sufrir durante estos 8 meses el recargo producido  por la aplicacion de la clausula suelo.  El único paso eficaz en la mayoria de los casos es la
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