El procedimiento de solicitud ante la entidad Bancaria de cese en laaplicacion de la clausula suelo, viene a ser en la inmensa mayoriade los casos una medida infructuosa cuando no erronea. Desde lainicial solicitud al Director de sucursal hasta la reclamacion via Bancode España. En cualquier caso detallamos y desciframos cada uno delos pasos a seguir.Procedimiento a seguir ante la entidad Financiera:-Solicitud dirigida al Director de la sucursal.Este tipo de solicitud no suele tener consecuencias, teniendo en cuentaque los Directores no estan facultados a anular o inaplicar clausulassin que las directrices generales de la entidad así lo hayan fijado, portanto estos directores no son mas que la cara de la entidad pero notomaran ningun tipo de decision individual sobre tu caso concreto.-Reclamacion ante el Defensor del ClienteLa figura del Defensor del Cliente está creada desde la propia entidadfinanciera, por lo que obtendremos una respuesta no muy favorable.El plazo de contestacion suele ser de unos 2 meses.-Reclamacion via Banco de España.La Reclamacion via Banco de España se realiza una vez agotadas lasdos reclamaciones previas (ante el Director y ante el Defensor delCliente). Adelantamos que la respuesta del Banco de España no sueleser muy gratificante para los usuarios ya que mantiene una posturadistante en cuanto al fondo del asunto y no declarará la nulidad de lasclausulas suelo o su cese. Su Plazo de contestacion es de 6 meses.Como resumen podemos ver que despues de finalizada la via amistosa,nos encontramos en el punto de partida, pero con la diferencia dehaber tenido que sufrir durante estos 8 meses el recargo producidopor la aplicacion de la clausula suelo.El único paso eficaz en la mayoria de los casos es la